Cómo rellenar el Formulario I-864 (Affidavit of Support, EE. UU.)
El Formulario I-864 es una promesa económica al gobierno de EE. UU. El patrocinador (sponsor) demuestra que el inmigrante tendrá apoyo suficiente y que no es probable que dependa del Estado (public charge), y se compromete a mantenerlo si hace falta. Esta guía explica el formulario parte por parte.
- Organismo
- USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU.), EE. UU.
- Fuentes oficiales
- Formulario oficial (PDF)Página oficial de información
- Última revisión
- 31 de octubre de 2026, con el formulario oficial
Para qué sirve el formulario
El Formulario I-864 se exige a la mayoría de los inmigrantes por vía familiar y a algunos por vía laboral. Es un contrato entre el patrocinador y el gobierno de EE. UU. Al firmarlo, aceptas usar tus recursos para mantener al inmigrante que patrocinas, si fuera necesario. Si más adelante el inmigrante recibe ciertas ayudas públicas sujetas a medios económicos (means-tested public benefits), la entidad que las pagó puede pedirte que le devuelvas el coste y demandarte si no lo haces.
El patrocinador rellena y firma el formulario y se lo entrega, con los documentos, al inmigrante, que lo presenta con el Formulario OF-230 (visado de inmigrante) o el Formulario I-485 (green card dentro de EE. UU.). Si el inmigrante presenta el I-485 en línea, puede subir también el I-864. El envío en papel va a un "lockbox" del USCIS (centro central de recepción de correo): consulta el cuadro "Lockbox Filing Locations for Certain Family-Based Forms" en la página del I-864.
La página del USCIS no indica plazo de tramitación del I-864. El patrocinador debe firmar a mano: el USCIS rechaza el formulario sin firma. Usa la edición actual: desde el 1 de octubre de 2026 el USCIS solo acepta la edición 08/24/26 (mira el pie de cada página).
Quién lo necesita
Quién presenta y quién cuenta (de las instrucciones oficiales del Formulario I-864, edición 08/24/26):
- Qué inmigrantes necesitan un I-864: en general los familiares directos (immediate relatives) de ciudadanos de EE. UU. (cónyuge, hijo soltero menor de 21 años, padre o madre de un ciudadano de 21 años o más), todos los inmigrantes de categorías familiares con preferencia, prometidos(as) K-1 e hijos K-2 que ajustan su estatus, y trabajadores de ciertas categorías laborales cuando un familiar presentó el I-140 o tiene el 5 % o más de la empresa que lo presentó.
- El peticionario (petitioner) es el patrocinador. Si presentaste el Formulario I-129F, I-130, I-600 o I-800 por el inmigrante, debes rellenar y firmar un I-864, aunque un copatrocinador presente otro. El patrocinador debe tener al menos 18 años y domicilio en EE. UU. o sus territorios. En un caso laboral, el patrocinador es el familiar que presentó el I-140 o tiene el 5 % o más de la empresa.
- Regla de ingresos: debes demostrar ingresos de al menos el 125 % de las Federal Poverty Guidelines (pautas federales de pobreza) para el tamaño de tu hogar, o el 100 % si eres el peticionario, estás en servicio activo en las Fuerzas Armadas o la Guardia Costera de EE. UU. y patrocinas a tu cónyuge o a un hijo (no se aplica a copatrocinadores ni patrocinadores sustitutos). Las cifras están en el Formulario I-864P y cambian cada año (la tabla actual indica que rige desde el 1 de marzo de 2026). Busca allí el tamaño de tu hogar; esta guía no da importes en dólares.
- Si tus ingresos no bastan, puedes sumar: los ingresos de familiares que viven contigo o de dependientes que firmen el Formulario I-864A (mayores de 18 años); los ingresos del propio inmigrante, si seguirán de la misma fuente (los del cónyuge cuentan viva donde viva; en otro familiar, el inmigrante debe vivir contigo); tus bienes, los del inmigrante o los de miembros del hogar; o un copatrocinador (joint sponsor).
- Copatrocinador: cualquier ciudadano, nacional o titular de green card de EE. UU., de 18 años o más y con domicilio en EE. UU., que acepte responder junto con el peticionario. No tiene que ser pariente de nadie. Puede haber como máximo dos copatrocinadores, cada uno debe alcanzar el 125 % por sí solo, y el peticionario presenta igualmente un I-864.
- Patrocinador sustituto (substitute sponsor): cuando el peticionario murió después de aprobarse el I-130 pero antes de que el inmigrante fuera residente permanente. Debe ser ciudadano, nacional o titular de green card y tener con el inmigrante uno de los parentescos que indican las instrucciones (por ejemplo cónyuge, padre o madre, hermano, hijo adulto, abuelo o tutor legal).
- Quién no necesita un I-864: el inmigrante con 40 trimestres de trabajo reconocidos (propios, del cónyuge durante el matrimonio o de un progenitor mientras era menor de 18 años); el niño que se hace ciudadano de EE. UU. automáticamente al ser admitido; viudas y viudos con petición propia y peticionarios propios de la VAWA (cónyuges e hijos víctimas de maltrato que piden por sí mismos, Formulario I-360); y muchas otras categorías, como refugiados, asilados, lotería de visados (diversity visa) y jóvenes inmigrantes especiales. Las instrucciones las enumeran todas.
- El Formulario I-864EZ es una versión más corta. Solo puedes usarlo si se cumplen todas estas condiciones: eres el peticionario; el familiar que patrocinas es la única persona de la petición; tus ingresos proceden por completo de un salario o pensión que figura en Formularios W-2 del IRS; y ese salario o pensión alcanza por sí solo el nivel del Formulario I-864P (es decir, sin bienes ni ingresos de miembros del hogar). En otro caso, y siempre para patrocinadores autónomos o si presentaste un I-140, usa el I-864.
- Tasa: la tabla de tasas del USCIS (Formulario G-1055, edición 10/26/26) indica 0 $ para los Formularios I-864, I-864A e I-864EZ. Si presentas a través del Departamento de Estado (visado de inmigrante), consulta sus tasas en travel.state.gov.
- Cuánto dura: hasta que el inmigrante se haga ciudadano de EE. UU. o pueda acreditar 40 trimestres de trabajo, muera, o deje de ser residente permanente y salga de EE. UU., o hasta que obtenga un nuevo estatus en un proceso de deportación; también termina si mueres tú. El divorcio no la termina.
Antes de empezar
- Tu última declaración de impuestos federal (del año fiscal más reciente, contado desde la fecha en que firmas): una transcripción del IRS, o una fotocopia con todos los W-2 y 1099 (no hacen falta con transcripción, salvo que presentaras declaración conjunta y te califiques solo con tus ingresos). Si no estabas obligado a declarar, una explicación a máquina con pruebas. Puedes añadir los dos años anteriores. No envíes declaraciones estatales.
- Prueba de tu estatus de ciudadano, nacional o titular de green card: necesaria para copatrocinadores, patrocinadores sustitutos y familiares que patrocinan inmigrantes por vía laboral. El peticionario que ya envió esta prueba con el I-129F, I-130, I-600 o I-600A no tiene que enviarla otra vez.
- El Formulario I-864A de cada familiar o dependiente cuyos ingresos o bienes uses, con sus pruebas. El inmigrante no necesita uno, salvo que vengan también su cónyuge o hijos.
- Si usas bienes: prueba del propietario, del valor y de la fecha de compra, y de los préstamos que los gravan. Solo cuentan los bienes que puedan convertirse en dinero en un año. Una vivienda exige prueba de propiedad, una tasación reciente y sus préstamos.
- Opcional pero útil: una carta del empleador con tu salario y nóminas recientes. Si cuentan los ingresos del inmigrante, prueba de que continuarán tras inmigrar.
- Si vives en el extranjero: una explicación a máquina y pruebas de que EE. UU. sigue siendo tu domicilio (por ejemplo, trabajas para el gobierno de EE. UU. o estás fuera solo temporalmente).
- Una traducción completa al inglés de cada documento en otro idioma, con el certificado firmado del traductor de que está completa y es correcta.
- Copias, no originales, salvo que el USCIS los pida. Si te ayuda un abogado o representante acreditado, añade el Formulario G-28. Guarda una copia de la declaración rellenada.
Sección por sección
Esto es lo que pide cada parte, en palabras sencillas, en el orden en que aparece.
Parte 1: Por qué lo presentas
Marca una sola casilla. 1.a: eres el peticionario. 1.b: presentaste un I-140 por un familiar (escribe el parentesco). 1.c: tienes el 5 % o más de la empresa que lo presentó (escribe su nombre y el parentesco). 1.d: eres el único copatrocinador. 1.e: eres el primero o el segundo de dos copatrocinadores. 1.f: eres el patrocinador sustituto (escribe tu parentesco con el inmigrante). La casilla de arriba para abogado es solo para el Formulario G-28.
Parte 2: Información sobre ti (el patrocinador)
Nombre legal completo, dirección postal y, si es distinta, dirección física. Punto 5, país de domicilio: donde tienes tu vivienda principal y donde piensas vivir. Fecha de nacimiento (mm/dd/aaaa), país de nacimiento, número de la Seguridad Social de EE. UU. (obligatorio), tu estatus (ciudadano, nacional o titular de green card), el A-Number (número de registro de extranjero) y el número de cuenta en línea del USCIS si los tienes (si no, "N/A"). El punto 12, servicio militar, es solo para patrocinadores peticionarios: marca Yes si estás en servicio activo en el Ejército, Marines, Armada, Fuerza Aérea o Guardia Costera, que no sea formación.
Parte 3: Información sobre el inmigrante principal
El inmigrante principal es el principal beneficiario de la petición de visado. Nombre completo, dirección postal, país de ciudadanía, fecha de nacimiento, A-Number y número de cuenta en línea si los hay, y teléfono de día.
Parte 4: Los inmigrantes que patrocinas
Punto 1: Yes si patrocinas al inmigrante principal. Responde No solo si eres segundo copatrocinador o patrocinas a familiares que llegan más de seis meses después. Punto 2: marca si patrocinas también a cónyuge o hijos que vienen con el inmigrante principal o en los seis meses siguientes. Punto 3: familiares que vienen más de seis meses después. Luego lista hasta cuatro familiares (nombre, parentesco, fecha de nacimiento, A-Number). Los demás van en la Parte 11. No listes a un familiar con petición aparte: necesita un I-864 aparte.
Parte 5: El tamaño de tu hogar
No cuentes a nadie dos veces. Punto 1: los inmigrantes que patrocinas en esta declaración. El punto 2 ya viene rellenado (tú). Punto 3: escribe 1 por tu cónyuge, o 0 si ya lo contaste en el punto 1. Punto 4: hijos solteros menores de 21 años. Punto 5: otros dependientes que declaraste en tu última declaración de impuestos. Punto 6: personas que patrocinaste antes y aún mantienes. Punto 7: familiares que viven contigo y cuyos ingresos sumas con el Formulario I-864A. Punto 8: el total.
Parte 6: Tu trabajo e ingresos
Marca cómo trabajas (empleado, autónomo, jubilado, desempleado) e indica el empleador u ocupación. Punto 7: tus ingresos anuales actuales individuales. Puntos 8 a 11: ingresos de otras personas contadas en tu hogar (nombre, parentesco, ingresos); luego marca 13 o 14. Punto 12: los ingresos totales del hogar, que el USCIS compara con el Formulario I-864P. No cuentes ayudas públicas sujetas a medios económicos ni ingresos de actos ilegales.
Parte 6 (continuación): Declaraciones de impuestos
Punto 15: si presentaste declaraciones federales los últimos tres años. En el punto 16.a escribe el año fiscal más reciente y tus ingresos totales; no lo dejes en blanco. Escribe "zero" si fue cero, o "N/A" si no tenías que declarar. Los puntos 16.b y 16.c son para años anteriores que también envíes, si no "N/A". Marca el punto 17 solo si tus ingresos estaban por debajo del nivel de declaración del IRS y adjuntaste pruebas.
Parte 7: Bienes (solo si hace falta)
Sáltala si tus ingresos ya alcanzan el nivel del Formulario I-864P. Si no, indica el dinero y ahorros, el valor neto de inmuebles, otros bienes, los bienes de miembros del hogar (de su I-864A) y los del inmigrante. El punto 10 es el total. Por regla debe ser al menos 5 veces la diferencia entre tus ingresos y la línea de pobreza, 3 veces si eres ciudadano y patrocinas a un cónyuge o a un hijo de 18 años o más, y 1 vez para un huérfano que será adoptado en EE. UU. Las instrucciones traen un ejemplo.
Parte 8: Contrato, contacto y firma
Lee el contrato antes de firmar. Punto 1: marca A si leíste y entendiste el inglés, o B si un intérprete te lo leyó (y escribe el idioma). Punto 2: marca si alguien lo rellenó por ti. Después teléfono de día, móvil y correo electrónico. Firma con tinta y pon la fecha (mm/dd/aaaa): un nombre a máquina o sellado no se acepta. La declaración incluye una autorización para que el USCIS y el Departamento de Estado obtengan informes de crédito.
Partes 9, 10 y 11: Intérprete, quien lo preparó y espacio extra
La Parte 9 es para el intérprete y la Parte 10 para la persona que preparó el formulario (si no eres tú), cada uno con su firma. La Parte 11 es espacio extra: escribe tu nombre y A-Number, la página, parte y punto de cada respuesta, y firma y fecha cualquier hoja adicional.
Cómo escribir las respuestas
Escribe a máquina o en letra de imprenta, con tinta negra. Las fechas van mes/día/año. Si una pregunta no se aplica, escribe "N/A"; si la respuesta es cero o ninguno, escribe "None", salvo que se indique otra cosa.
Errores comunes
Olvidar firmar
Un I-864 sin firma, o con nombre a máquina o sellado, se rechaza. Vale un escaneo o fotocopia del original firmado.
Usar una edición antigua o que falten páginas
Desde el 1 de octubre de 2026 solo se acepta la edición 08/24/26. Comprueba que están todas las páginas y que son de la misma edición.
Omitir el I-864 del peticionario porque hay copatrocinador
El peticionario siempre debe rellenar y presentar un I-864 con su última declaración de impuestos, aunque un copatrocinador presente otro.
Contar a una persona dos veces en la Parte 5
Si tu cónyuge o tus hijos están entre los inmigrantes del punto 1, escribe 0 en los puntos 3 y 4.
Dejar en blanco el punto 16.a o no enviar la declaración de impuestos
Escribe el año y los ingresos ("zero" o "N/A" si corresponde) y adjunta la declaración o transcripción del año fiscal más reciente.
Usar los ingresos de un familiar sin Formulario I-864A
Cada familiar o dependiente cuyos ingresos o bienes sumes debe firmar un I-864A y tener al menos 18 años.
Usar el Formulario I-864EZ sin tener derecho
La declaración equivocada retrasa el trámite. Usa el I-864 si eres autónomo, tienes ingresos distintos de un salario o pensión con W-2, el inmigrante no es la única persona de la petición, o tu salario o pensión por sí solo no alcanza el nivel del Formulario I-864P (por ejemplo, necesitas bienes o los ingresos de un miembro del hogar).
Contar ingresos que no cuentan
Las ayudas públicas sujetas a medios económicos y los ingresos de actos ilegales no pueden usarse para cumplir el requisito de ingresos.
No comunicar un cambio de dirección
Cuando el inmigrante sea residente permanente, debes avisar al USCIS si te mudas, con el Formulario I-865. No envíes el I-865 junto con el I-864. Un aviso tardío o ausente puede acarrear una multa civil.
Un bloqueo de crédito que retrasa el caso
La edición 08/24/26 permite al USCIS y al Departamento de Estado consultar informes de crédito. Si tienes un bloqueo (credit or security freeze), responde rápido cuando te pidan levantarlo, o puede haber retrasos.
Escribir las fechas en el orden equivocado
El formulario pide mm/dd/aaaa, primero el mes. El 11 de marzo de 1986 es 03/11/1986; 11/03/1986 sería el 3 de noviembre.
Rellénalo con Formamigo
Sube el Formulario I-864 oficial y rellénalo conversando en tu idioma. Las respuestas se escriben en inglés en las casillas correctas y revisas cada página antes de descargar.
- Descarga el formulario oficial (PDF) y guárdalo.
- Suéltalo aquí abajo. El asistente te explica cada pregunta en tu idioma y solo te pide lo que falta.
- Revisa cada página en la vista previa. Rellenar y previsualizar es gratis; solo pagas al descargar (precios).
Esta guía explica el formulario en palabras sencillas. No es asesoramiento jurídico y Formamigo no tiene relación con ninguna administración. Las normas pueden cambiar: las páginas oficiales enlazadas arriba siempre prevalecen.